Cerca de un centenar de representantes de sociedades de cazadores, gestores cinegéticos, propietarios y cazadores han participado este domingo en una jornada informativa sobre el nuevo reglamento de caza y sus efectos sobre la gestión de los cotos y las sociedades de cazadores, que ha organizado la Delegación Provincial de la Federación de Caza en Ciudad Real con la colaboración de la Diputación Provincial y Ford Serramotor.

El encuentro ha sido inaugurado por el vicepresidente de la Diputación Provincial de Ciudad Real, Adrián Fernández, acompañado del delegado provincial de la Federación de Caza en Ciudad Real, Manuel Aranda Castro.

Fernández, durante la inauguración, ha destacado la importancia de organizar este tipo de encuentros para que las sociedades federadas de caza y los propios cazadores conozcan la nueva normativa que regula la actividad cinegética.

Por su parte, el delegado provincial de la Federación de Caza, Manuel Aranda, ha valorado la respuesta a la convocatoria y ha señalado que el objetivo era dar a conocer los cambios normativos y ayudar a las sociedades a conocer las nuevas reglas que afectan a su actividad.

En este sentido, ha considerado que las modificaciones introducidas en el reglamento son «muy sustanciales» en aspectos relacionados con la caza deportiva y las sociedades de cazadores y ha defendido la utilidad de contar con especialistas jurídicos y técnicos para explicar las novedades.

El programa ha incluido contenidos de formación e información sobre gestión cinegética, así como la presentación de soluciones tecnológicas y de movilidad dirigidas al trabajo en el medio rural.

El ingeniero de Montes y asesor técnico de la Federación de Caza de Castilla-La Mancha Miguel González ha explicado las principales novedades del Reglamento de 2026 respecto al de 2022.

Según ha detallado, de los 135 artículos del nuevo reglamento se han modificado 66, aunque las modificaciones consideradas de mayor importancia para las sociedades de cazadores y las sociedades federadas afectan a 17 artículos.

Entre las novedades, ha destacado la modificación de las condiciones para la cesión de los derechos cinegéticos, de manera que ya no sea necesario que la persona que cede esos derechos tenga que acreditar que es el titular catastral o aportar escrituras que acrediten la propiedad.

González ha explicado que esta exigencia generaba problemas en numerosos municipios, donde las parcelas continúan figurando a nombre de padres o abuelos pese a que la propiedad haya cambiado y donde en ocasiones tampoco se han formalizado las correspondientes escrituras de herencia.

También ha señalado como novedades la reducción a cinco días naturales del plazo entre monterías para que no se consideren en colindancia y el cambio en las condiciones de los ganchos, que permite superar la anterior limitación de cinco rehalas.

Por su parte, el abogado y asesor jurídico de la Federación de Caza de Castilla-La Mancha Santiago Ballesteros Rodríguez ha señalado que el nuevo reglamento cuenta con 135 artículos distribuidos en 69 páginas y ha considerado que hubiera sido deseable una menor extensión, aunque ha valorado algunos de los avances introducidos.

Entre ellos, ha destacado que se racionalizan en parte los requisitos para la constitución, ampliación y mantenimiento de los cotos, una cuestión en la que, según ha explicado, la Federación ha trabajado «durante mucho tiempo y muy insistentemente».

Ballesteros ha puesto como ejemplo la eliminación de determinadas exigencias relacionadas con la acreditación de los contratos de cesión o arrendamiento de terrenos, al considerar que resultaban especialmente complejas para sociedades que gestionan cotos con numerosos propietarios.

El abogado también ha señalado que se mantienen algunas cargas burocráticas, como la obligación de realizar determinados trámites por vía telemática, que a su juicio debería ser una opción y no una obligación general, incluso para las personas físicas.

Asimismo, ha cuestionado el tratamiento que el nuevo reglamento realiza de la prohibición del uso de munición de plomo, al considerar que se establece formalmente la prohibición para después suspender su aplicación.

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